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3º jueves de cada mes
Situación:
08:45 - 11:00 en Camino Real, frente al Cuartel de la Guardia Civil.
11:00 - 14:00 en Camino Real, frente a la Plaza de la Constitución.
Materiales: En el siguiente listado se indican los materiales que se pueden entregar en los puntos limpios móviles y las cantidades máximas admisibles por usuario y día:
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Admisibles:
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Ropa, tejidos y calzado usado / Cantidad normal de producción doméstica.
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Pinturas, barnices y disolventes / 5 kg. / Se incluyen envases con restos de estos residuos.
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Productos fotoquímicos (radiografías, películas y papel fotográfico, etc...) / 5 unidades.
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Tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio / 3 unidades / Otros residuos que contienen mercurio.
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Aerosoles y otros equipo de origen doméstico o asimilados que contengan clorofluorocarbonos / 10 unidades.
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Aceites y grasas vegetales / 10 litros / Residuos usados de origen doméstico.
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Aceites y grasas minerales / 5 litros / Procedentes de automóviles.
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Cartuchos de tinta de impresora y toner / 2 unidades.
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Medicamentos / 1 kg.
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Baterías de automóvil / 1 unidad.
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Pilas (botón, alcalinas, salinas) / Cantidad normal de producción doméstica.
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Pequeños aparatos eléctricos y electrónicos / 3 unidades.
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Envases metálicos contaminados / Cantidad normal de producción doméstica. / Chatarra, tubos, etc., de acero, aluminio u otros contaminados.
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Envases plásticos contaminados / Cantidad normal de producción doméstica.
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No admisibles (No se aceptan en los puntos limpios los siguientes residuos además de aquellos que no se encuentren en el listado de admisibles)
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Residuos urbanos orgánicos.
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Animales muertos.
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Residuos agrícolas o ganaderos.
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Vehículos de cualquier tipo y características.
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Residuos procedentes de la limpieza viaria.
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Residuos peligrosos que sean entregados en envases en mal estado.
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Materiales radioactivos.
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Materiales explosivos o inflamables.
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Residuos infecciosos.
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Recipientes voluminosos que hayan contenido materiales tóxicos o peligrosos.
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Residuos sin segregar.
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Residuos sin identificar.
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Residuos tóxicos y peligrosos que no sean específicamente señalados en las listas anteriores y cualquier otro que sea añadido al mismo por la autoridad medioambiental.
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